Trabajar un festivo: cuánto te tienen que pagar o qué descanso te corresponde
Publicado el 15 de octubre de 2026 · Matías Angeli

Los festivos son días de descanso retribuido y no recuperable: no trabajas, cobras igual y no tienes que devolver esas horas. Pero hay muchos trabajos en los que el festivo es un día más: hostelería, comercio, hospitales, transporte, seguridad, servicios de limpieza... ¿Qué te corresponde si te toca trabajarlo?
La regla general: descanso o recargo del 75 %
La norma está en el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983, que regula las jornadas y los descansos. Dice, en resumen, que cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar un festivo, la empresa tiene que hacer una de estas dos cosas:
- Darte un descanso compensatorio: otro día libre a cambio.
- Pagarte las horas trabajadas en el festivo con un recargo de al menos el 75 %, además del salario normal.
Es decir, si en un festivo trabajas ocho horas y tu hora ordinaria vale 12 €, con el mínimo legal te corresponden 8 × 12 € × 1,75 = 168 € por esas horas, además de lo que ya cobras ese día por ser festivo retribuido. O, en vez de ese dinero, un día de descanso.
Lo que mejora el convenio
El 75 % es un mínimo. Muchos convenios colectivos lo mejoran:
- Algunos pagan los festivos con un recargo del 100 %: de ahí viene la idea de que "los festivos se cobran doble".
- Otros fijan un plus por festivo trabajado, una cantidad fija por día.
- Muchos combinan las dos cosas: un día libre a cambio y, además, un plus.
- En algunos sectores, los festivos especiales (Navidad, Año Nuevo) se pagan más que el resto.
Por eso, la primera consulta es siempre tu convenio colectivo: lo encuentras en el boletín oficial de tu provincia o comunidad, o preguntando a la empresa o a los representantes de los trabajadores.
Cuándo pueden pedirte que trabajes un festivo
En principio, el festivo es un día de descanso. Solo se trabaja cuando:
- La actividad de la empresa lo exige: servicios que funcionan todos los días del año.
- Lo prevén tu contrato o tu convenio: es lo habitual en hostelería, comercio con apertura en festivos, sanidad o transporte.
- Hay una necesidad puntual de la empresa, siempre con la compensación que corresponda.
Si en tu sector no es habitual trabajar los festivos y te lo piden, puedes preguntar por escrito qué compensación vas a recibir. No son unas horas extra cualquiera: la ley les da un trato propio.
Los casos que más dudas generan
Trabajo a turnos y el festivo cae en mi día libre. Si tu descanso semanal coincide con un festivo, no lo pierdes "por la ley", pero tampoco hay una norma general que te dé otro día. Muchos convenios sí lo reconocen. Revisa el tuyo.
El festivo cae en sábado o domingo. Si no trabajas ese día, no hay nada que compensar. En 2027 pasa con el 1 de mayo y el 25 de diciembre, que caen en sábado. Lo explicamos en qué pasa cuando un festivo cae en domingo.
Trabajo a tiempo parcial. Los festivos se aplican igual: si te toca trabajar uno, la compensación se calcula sobre tus horas.
Fiestas locales. Valen lo mismo que las nacionales. Si te toca trabajar la fiesta local de tu municipio, se compensa igual. Recuerda que, por regla general, te corresponden las del municipio donde está tu centro de trabajo: lo contamos en qué fiestas locales te tocan.
Cómo comprobar si te lo están pagando bien
- Mira la nómina del mes. El festivo trabajado debería aparecer como un concepto propio (plus festivo, horas festivas o similar) o compensarse con un día libre que quede por escrito.
- Compáralo con tu convenio. Busca el artículo sobre "festivos", "trabajo en días festivos" o "descanso semanal".
- Si falta, reclámalo primero a la empresa, por escrito. Si no se resuelve, los representantes de los trabajadores o la Inspección de Trabajo pueden ayudarte.
Para planificarte, consulta el calendario laboral de tu municipio: está en la página de cada pueblo, con los festivos nacionales, los de tu comunidad y las dos fiestas locales.


